Política en Colombia
La política en Colombia se ha caracterizado, a lo largo de su historia, por un predominante bipartidismo; siendo de los pocos países hispanoamericanos donde los dos partidos tradicionales (el Liberal y el Conservador) sobrevivieron como agrupaciones hegemónicas hasta el siglo XX y con vigencia aún en el XXI. Como consecuencia de esto, la política colombiana destaca por no haber sido regida nunca por una mayoría de izquierdas en sus más de dos siglos de historia en las dos instituciones principales del país; pues tanto en la Casa de Nariño como en el Congreso, ha gobernado siempre el centro y la derecha en alternancia.[1]
La historia colombiana también se ha caracterizado por el radicalismo político que ha desencadenado numerosos conflictos armados internos, guerras civiles que incluso conllevaron a la separación de Panamá. Durante principios del siglo XX, luego del final de la guerra de los Mil Días, los ideales socialistas tomaron fuerza y se radicaron en el ala radical del Partido Liberal y también conllevó a la creación del Partido Comunista Colombiano y otros partidos. Sin embargo, este y los demás partidos de izquierda siempre fueron minoritarios.
Ramas del Poder Público
editarRamas del Poder Público | Ejecutiva |
Legislativa | Judicial | |
---|---|---|---|---|
Senado |
Cámara de Representantes | |||
Titulares | Gustavo Petro |
Efraín Cepeda |
Jaime Raúl Salamanca |
Gerson Chaverra Castro |
Cargo | Presidente de la República de Colombia | Presidente del Senado | Presidente de la Cámara de Representantes | Presidente de la Corte Suprema de la Justicia |
Inicio de su cargo | 7 de agosto de 2022 | 20 de julio de 2024 | 20 de julio de 2024 | 25 de enero de 2024 |
Historia
editarBipartidismo: Siglo XX - Partido Conservador, Partido Liberal
editarLuego de la independencia, en los años 1840 surgen en la República de la Nueva Granada los dos partidos tradicionales: Partido Liberal y el Partido Conservador. La ideología entre ellos fue en el principio bastante contrastante. Los conservadores favorecían un estado centralista y confesional (católico) siendo apoyado por la clase terrateniente latifundista. En contraste los liberales propugnaban por un estado federal y con una fuerte separación entre Iglesia católica y estado, el cual llegó, en ocasiones, a la persecución eclesiástica. Los liberales eran comerciantes, burgueses e incipientes industriales.
El siglo XIX estuvo marcado por varios eventos bélicos donde se alternaba la política del discurso con la de las armas, una de las confrontaciones bipartidistas más trascendentales de la historia política colombiana fue «La Guerra de los Mil Días». La guerra no trajo sino devastación y la pérdida de Colombia de uno de sus más importantes territorios: Panamá en 1903. En términos económicos, dentro del liberalismo surgieron dos corrientes en el siglo XX: una proteccionista y la otra librecambista. Los conservadores favorecían el proteccionismo.
Estas diferencias sobrevivieron, adaptadas a los nuevos tiempos, durante más de un siglo hasta que en los años 1950, en la dictadura de Gustavo Rojas Pinilla se creó el Frente Nacional, situación política que permitía a los dos partidos alternarse en el poder y mermar las diferencias. Como resultado de este inusual estado de la política se formó una especie de partido único. Al culminar el Frente Nacional en 1974, la diferencia ideológica entre ambos partidos se había difuminado bastante y, si bien han conservado mayorías, al menos hasta las elecciones legislativas de 2002, su fuerza ha venido menguando, lo que ha afectado principalmente al Partido Conservador.
En 2002 Álvaro Uribe Vélez, un candidato disidente del Partido Liberal, ganó las elecciones presidenciales, contando con el apoyo del Partido Conservador. Este fenómeno inició una división dentro del Partido Liberal, entre uribistas y no uribistas de tendencia socialdemócrata.
La Constitución de 1991 permitió el multipartidismo, otorgando la personería jurídica a través de la presentación de 50.000 firmas, al haber obtenido en la elección anterior 50.000 votos o con tan solo alcanzar representación en el Congreso de la República.[2]
Después de la constitución de 1991 la legislación incentivó la participación de nuevos movimientos en el escenario político, pero esos esfuerzos han sido tan escasos que en las elecciones de 2006 y 2010 han sido elegidos gobernantes mediante el sistema de movimientos alrededor de figuras disidentes de los partidos: Conservador y Liberal. En tiempos recientes, algunos partidos han aparecido como alternativa al sistema bipartidista, los más destacados al principio, partidos socialistas como el Partido Comunista, nacionalistas como el Gaitanismo y la ANAPO de Rojas Pinilla. En la actualidad son el Partido MIRA, Polo Democrático Alternativo y Alianza Verde. El Partido de la U, Cambio Radical, y el Uribismo a través del Centro Democrático se han formado a través de disidentes liberales y conservadores.
Debido a los cambios recientes en la ley electoral, en la actualidad hay un proceso dinámico de realineación de los movimientos políticos.
La Reforma Política de 2003 estableció medidas para cohesionar las fuerzas políticas y reducir la cantidad de partidos. Fue así como el Acto Legislativo 1 de 2003 elevó el umbral para obtener la personería jurídica al 2 %.[3] Las elecciones legislativas de 2006 dieron como resultado un grupo más pequeño de partidos y movimientos políticos. El número de partidos y movimientos que obtuvieron representación en el Senado fue de 10.
La Reforma Política de 2009 nuevamente elevó el umbral, sin embargo lo hizo solo hasta las elecciones de 2014. Los movimientos políticos que lograron superar el umbral del 2 % en las elecciones legislativas llevadas a cabo en 2010 y que lograron la personería jurídica según lo establecido en la reforma política fueron 8.[4]
Los movimientos políticos que superaron el umbral del 3 % en las elecciones legislativas llevadas a cabo en marzo de 2014 y que lograron la personería jurídica fueron 9, sin embargo estos no son los únicos que conservaron su personería jurídica,[4] 4 movimientos más la conservaron por normas que protegen a la minorías en Colombia, para un total de 12 partidos políticos en Colombia.
Para las elecciones de 2018 la modificación al artículo 108 de la Constitución Política por el Acto Legislativo de 2009 sigue vigente y el umbral continúa en el 3 %. El artículo 263 de la Constitución fue modificado por el Acto Legislativo 02 de 2015.[5][4]
Partidos políticos de Colombia
editarSegún el Consejo Nacional Electoral de Colombia, el reconocimiento y la creación del partido de la FARC, las organizaciones políticas que en la actualidad cuentan con personería jurídica en Colombia son 32:
- Partido Liberal Colombiano
- Partido Conservador Colombiano
- Liga de Gobernantes Anticorrupción (LIGA)
- Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia (AICO)
- Partido Verde Oxígeno
- Unión Patriótica (UP)
- Salvación Nacional
- Partido Alianza Social Independiente (ASI)
- Partido Cambio Radical
- Partido Político Mira
- Partido Social de Unidad Nacional (Partido de la U)
- Partido Alianza Verde
- Partido Polo Democrático Alternativo
- Colombia Humana
- Partido Centro Democrático
- Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS)
- Comunes
- Partido Colombia Justa Libres
- Partido Colombia Renaciente
- Partido ADA
- Partido Dignidad & Compromiso
- Partido Demócrata Colombiano
- Partido Ecologista Colombiano
- La Fuerza de la Paz
- Partido Comunista Colombiano
- Nuevo Liberalismo
- Gente en Movimiento
- Partido del Trabajo de Colombia (moirista)
- Esperanza Democrática
- Soy Porque Somos
- Poder Popular (Colombia)
Coaliciones
editarDado que la Constitución 1991 permite que las minorías políticas presenten listas conjuntas a las corporaciones públicas, con las regulaciones que sobre la materia a expedido el Consejo Nacional Electoral, se han conformado dichas coaliciones.
Para el Senado, y con repercusión en la elección Presidencial, se han anunciado las siguientes coaliciones para el 2022:
Referencias
editar- ↑ «¿Es Colombia un país de derecha? Quizás lo está dejando de ser». El País.
- ↑ «Constitución Política de 1991». www.alcaldiabogota.gov.co. Consultado el 2 de febrero de 2018. «El Consejo Nacional Electoral reconocerá personería jurídica a los partidos o movimientos políticos que se organicen para participar en la vida democrática del país, cuando comprueben su existencia con no menos de cincuenta mil firmas, o cuando en la elección anterior hayan obtenido por lo menos la misma cifra de votos o alcanzado representación en el Congreso de la República. (...) Se perderá también dicha personería cuando en los comicios electorales que se realicen en adelante no se obtengan por el partido o movimiento político a través de sus candidatos por lo menos 50.000 votos o no se alcance la representación en el Congreso de la República.»
- ↑ «Acto Legislativo 1 de 2003». www.alcaldiabogota.gov.co. Consultado el 2 de febrero de 2018. «El Consejo Nacional Electoral reconocerá personería jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al dos por ciento (2 %) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado. Las perderán si no consiguen ese porcentaje en las elecciones de las mismas Corporaciones Públicas. Se exceptúa el régimen excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minorías, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso.»
- ↑ a b c «Acto legislativo 1 de 2009, artículo 12, parágrafo». www.alcaldiabogota.gov.co. Consultado el 2 de febrero de 2018. «El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3 %) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado. Las perderán si no consiguen ese porcentaje en las elecciones de las mismas Corporaciones Públicas. Se exceptúa el régimen excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minorías étnicas y políticas, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso.»
- ↑ «Acto Legislativo 02 de 2015». www.alcaldiabogota.gov.co. Consultado el 2 de febrero de 2018. «Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que sumados hayan obtenido una votación de hasta el quince por ciento (15 %) de los votos válidos de la respectiva circunscripción, podrán presentar lista de candidatos en coalición para corporaciones públicas.»