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Primacía de la diócesis de Toledo

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La Primacía de la Diócesis de Toledo sobre el resto de las sedes obispales de España arranca en el periodo de la Hispania visigoda a raíz de la importancia otorgada a los Concilios de Toledo en la configuración de la iglesia católica peninsular, siendo desde el 687 la sede eclesial más importante. La invasión musulmana en el 711 dejará a Toledo como una ciudad parcialmente fronteriza en ocasiones con los reinos cristianos, en especial con el Reino de Castilla y el de León.

Durante el llamado periplo de la Reconquista, la alianza entre los monarcas y la iglesia se irá concretando en los distintos privilegios que se ofrecen entre ambas. Con la conquista de Alfosno VI de la ciudad de Toledo, se otorga por el Papa la bula Cunctis Sanctorum, de 1088/1089, en la que se reconocía a los titulares de la diócesis toledana la condición de primados y metropolitanos, recuperando el papel protagonista que la sede obispal había tenido en época visigoda.

Estos privilegios le permitieron a la Dives toledana administrar un gran patrimonio y obtener cuantiosas rentas, que aún aumentaron más su poder religioso y civil. Así, abarcaba el mayor espacio de gobierno de toda la península, que alcanzaba las actuales provincias de Toledo, Ciudad Real, Madrid y una parte sustancial de las de Albacete, Guadalajara, Badajoz y Cáceres, lindando con las empobrecidas diócesis de Sigüenza y Cuenca cuyo territorio apenas permitía sufragar sus propios gastos.

En el siglo XV, la diócesis toledana creció en jurisdicción, quedando sometidas bajo su provincia eclesiástica Palencia, Osma, Segovia, Sigüenza, Cuenca, Córdoba y Jaén. El arzobispo de Toledo se había convertido, así, en Consejero Mayor del Rey y el Cabildo catedralicio de la sede toledana en el consejo asesor. Las rentas de la primatura alcanzaban en esta época los ciento cincuenta y cuatro mil ducados, el doble que la díocesis Sevillana. La catedral estaba servida por 70 canónidos y más de cien capellanes, siendo en total más de 400 los servidores de la misma en pleno apogeo con Felipe II y más de doscientas las villas tributarias.

Desde entonces, mantuvo su condición aunque fuera disminuyendo su poder político, -que no eclesiástico- en beneficio del poder de la Corona.

Véase

Referencias

  • Izquierdo Benito, Ricardo. Privilegios reales otorgados a Toledo durante la Edad Media (1101-1494), Toledo, 1990.
  • Nieto Siria, José Manuel. Iglesia y génesis del Estado Moderno en Castilla (1369-1480), Madrid, 1993.