Área funcional estable
Un área funcional estable es el nombre que recibe en la ordenación del territorio de la comunidad autónoma española de Castilla y León el conjunto de municipios formado por una UBOST urbana (ciudad de más de 20.000 habitantes) y los de su entorno o alfoz con los que mantiene relaciones funcionales. Es decir, viene a definir lo que de una forma genérica suele denominarse en urbanismo como área metropolitana.
La figura del área funcional estable está descrita por la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León[1] (LORSERGO), del año 2013, la cual especifica que se forman con los municipios colindantes inmediatos de la ciudad principal, así como los colindantes de estos últimos que estén a una distancia de unos 15 km en línea recta del municipio más poblado.
Un total de catorce áreas funcionales estables fueron declaradas en 2014 mediante un decreto ley[2] por la Junta de Castilla y León. De las catorce áreas funcionales, nueve tienen como centro a ciudades que son capitales de provincia:
- Área funcional estable de Aranda de Duero
- Área funcional estable de Ávila
- Área funcional estable de Benavente
- Área funcional estable de Burgos
- Área funcional estable de León
- Área funcional estable de Medina del Campo
- Área funcional estable de Miranda de Ebro
- Área funcional estable de Palencia
- Área funcional estable de Ponferrada
- Área funcional estable de Salamanca
- Área funcional estable de Segovia
- Área funcional estable de Soria
- Área funcional estable de Valladolid
- Área funcional estable de Zamora